Conozca la Ley:
ACTUALIZADA 18 de mayo, 2011
Esta página incluye información sobre Órdenes de Protección Militar y su protección en las bases militares. Para ayuda, por favor visite la página Información Militar en la sección de Organizaciones Nacionales.
Los comandantes de la Unidad pueden emitir Órdenes de Protección Militar (MPO) a algún miembro activo del ejército para proteger a una víctima de abuso/violencia domésticos o abuso infantil (la víctima puede ser un miembro del ejército o un civil). Para calificar, usted debe encontrarse en una relación heterosexual con el abusador y ser su esposo(a)/ex-esposo(a), o su pareja íntima actual o anterior, o tener un hijo con el agresor. Una víctima, un abogado para la víctima, una agencia de aplicación de la ley en la base, o un médico del FAP, pueden solicitar al comandante que emita una MPO.*
Las MPOs pueden ordenar al abusador (conocido como "el sujeto"), que:
Usted es elegible para presentar una MPO en contra de un miembro activo del ejército, quien haya abusado de usted o de sus hijos y quien es su esposo(a)/ex-esposo(a), pareja íntima con la que este o haya vivido (siempre y cuando no sea del mismo sexo), o alguna persona con la que tenga un hijo. Si el comandante está de acuerdo, se ordenará una MPO.*
* Department of Defense website, Glossary
Currently, only victims in heterosexual relationships can get help from the Family Advocacy Program (FAP) and/or receive a military protective order ("MPO"). However, with President Obama's repeal of the "Don't Ask, Don't Tell" policy, effective in September 2011, it is expected that soon, victims in homosexual relationships will be entitled to benefits and services that were only available to married heterosexual couples. WomensLaw.org will provide more information on the specific benefits available to homosexual couples as soon as the information is available.
Por lo regular, las MPOs son de corto plazo y pueden durar hasta 10 días.* Por lo regular, son emitidas por el tiempo que le tome al FAP investigar su demanda, así como proporcionar al comandante información adicional. El abogado para la víctima en su base sabrá cuanto tiempo le toma generalmente al CRC proporcionarle al comandante los resultados de su investigación, así que es recomendable que le pida al comandante que tome en cuenta ese cuadro de tiempo cuando se emita una MPO.
Su MPO puede o no tener una fecha de expiración. Sin embargo, aún cuando tenga o no una fecha de expiración, el comandante puede revisar la MPO en cualquier momento para modificarla o disolverla (terminarla). *
Así mismo, una MPO sólo es aplicable mientras el miembro del ejército pertenezca al comando que emitió la orden. Cuando el miembro del ejército es transferido a un nuevo comando, la orden ya no es válida. Si usted aún necesita la protección de una MPO, el comandante que la emitió debe contactar al nuevo comandante para informarle sobre la MPO y recomendarle la emisión de una nueva.**
* "The Military Response to Victims of Domestic Violence, Tools for Civilian Advocates," published by the Battered Women's Justice Project, www.bwjp.org
** Department of Defense Instruction, Number 6400.06, August 21, 2007, section 6.1.2.7
A diferencia de una corte civil, no existe un juicio o una audiencia. Usted no tendrá que comparecer frente a un juez Usted no tendrá que atestiguar frente al abusador o estar en la misma sala en la que él se encuentre.
El comandante es el que decide si se emite o no una MPO. El comandante puede, o no, reunirse con usted antes de emitir la MPO. Algunas veces, el abogado para la víctima en el FAP puede llamar al comandante a nombre de usted y solicitar la MPO. Si el comandante quiere reunirse con usted antes de otorgarle la MPO, usted puede ir a su oficina o reunirse con el en el FAP o recinto local. Si el comandante cree de manera razonable, que para su protección, es necesaria una MPO, entonces será emitida.
Es muy probable que el comandante emita una MPO si así lo recomienda el FAP como parte de su revisión del caso. Sin embargo, si no se le otorga una MPO, aún así puede ser elegible para una orden de protección civil o una orden restrictiva emitida en el estado en el que resida. A diferencia de los procedimientos de una orden de protección civil, no existe un proceso real de apelación en el sistema militar si se le niega una MPO o si usted no está de acuerdo con la decisión del comandante. Si se le niega una MPO, usted puede buscar ayuda de diferentes maneras, y puede continuar informando al comandante si hay más abuso, pero no puede "apelar" la decisión.
En la pestaña Conozca la Ley en la parte superior de este sitio, visite la página Órdenes de Restricción para su estado, para saber si usted puede ser elegible para una orden de restricción civil.
Favor de tomar en cuenta que a pesar de que existe una ley que exige a las bases militares la aplicación de órdenes de protección y órdenes de restricción civiles, esta ley puede no ser aplicada en su totalidad. Vea ¿Las MPOs y las Órdenes de Protección Civil (CPO, por sus siglas en inglés), son válidas a donde quiera que vaya?