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Información Legal: Puerto Rico

Puerto Rico: Divorcio

Leyes actualizadas al
25 de noviembre de 2023

Abajo encontrará información básica sobre las leyes de divorcio en Puerto Rico. En nuestra página general de Divorcio encontrará más información sobre el divorcio, incluyendo los riesgos de sacar a sus hijos/as del estado mientras hay un divorcio pendiente. Para ver unos vídeos breves sobre el divorcio, en español con subtítulos en inglés, vaya a nuestra página de Videos. Por último, aprenda más sobre el proceso en la corte en nuestra página Preparándose para la Corte – Por su Cuenta.

¿Cuáles son los requisitos para divorciarse en Puerto Rico?
¿Cuáles son las causales (razones) de divorcio en Puerto Rico?
¿Puedo conseguir pensión alimenticia ex-cónyuge?
¿Cuáles son los pasos básicos para obtener un divorcio?
¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre divorcio?
¿Dónde puedo encontrar más información sobre el divorcio en WomensLaw.org?

¿Cuáles son los requisitos para divorciarse en Puerto Rico?

Para que una pareja se pueda divorciar en Puerto Rico, tiene que cumplir uno de los siguientes requisitos:

  • Ha vivido continuamente en Puerto Rico durante al menos un año inmediatamente antes de presentar la petición de divorcio; o
  • La causa del divorcio fue cometida en Puerto Rico u ocurrió mientras uno de los cónyuges residía en Puerto Rico.1

1 31 L.P.R.A. § 6771

¿Cuáles son las causales (razones) de divorcio en Puerto Rico?

Puerto Rico tiene las siguientes causales (razones) de divorcio “sin culpa”:

  1. consentimiento mutuo, presentado por ambas partes en la corte mediante una petición ex parte o un documento legal preparado por un/a notario/a público/a;
  2. la ruptura irreparable del matrimonio, presentada en la corte por cualquiera de las partes; y
  3. la ruptura irreparable del matrimonio, presentada en la corte mediante una petición en conjunto ex parte o un documento legal preparado por un/a notario/a público/a.

Para la causal de consentimiento mutuo, las partes no tienen que explicar las razones de la separación pero sí tienen que indicar sus acuerdos en cuanto a los siguientes asuntos:

  • la custodia física y legal de los/as hijos/as del matrimonio;
  • cómo será la relación entre los padres y los/as hijos/as, incluyendo cosas como el horario de visitación, las responsabilidades que tendrá cada padre/madre, etc.;
  • la manutención de menores y de el/la esposo/a; y
  • la distribución de las propiedades y deudas.1

Nota: Cuando se presenta en conjunto, la causal de ruptura irreparable no requiere que los/as esposos/as estén de acuerdo con los asuntos mencionados arriba, pero sí tienen que hacer una lista de las propiedades y deudas del matrimonio. Se pueden presentar acciones por separado para la manutención de menores/conyugal, custodia/visitación y distribución de propiedades y deudas.2

1 31 L.P.R.A. § 6772
2 31 L.P.R.A. § 6776

¿Puedo conseguir pensión alimenticia ex-cónyuge?

Una pensión alimenticia ex-cónyuge es apoyo financiero pagado por o para su esposo/a. Como parte del divorcio, el/la juez/a puede otorgar una pensión alimenticia a un/a esposo/a que no tiene suficiente dinero para mantenerse a sí mismo/a. El/la juez/a decidirá cuánta manutención se pagará, por cuánto tiempo y de dónde se pagará, como del salario de el/la esposo/a, de otro ingreso, propiedades, etc.

En Puerto Rico, un/a juez/a puede ordenar manutención conyugal “pendente lite”. Esto es una orden de manutención temporal que dura sólo mientras ocurre el proceso de divorcio. La cantidad ordenada se basará en la capacidad económica de el/la esposo/a que pagará la manutención sin dejar de cubrir las necesidades básicas y esenciales de el/la que la recibirá. También puede cubrir los costos legales relacionados al proceso de divorcio.1

Como parte de una orden final de divorcio, el/la juez/a puede ordenar manutención conyugal temporal:

  • por una cantidad de tiempo específica;
  • hasta que el/la esposo/a que recibe la manutención pueda mantenerse a sí mismo/a; o
  • hasta que el/la esposo/a que recibe la manutención tenga suficientes bienes para cubrir sus necesidades.2

Para decidir cuánta manutención se debe pagar y por cuánto tiempo, el/la juez/a puede considerar, entre otras cosas, las siguientes circunstancias en cuanto a ambos/as esposos/as:

  • cualquier acuerdo al que hayan llegado en cuanto a la manutención;
  • sus edades y salud física y mental;
  • los adiestramientos académicos, profesionales o vocacionales y las probabilidades de asegurar un empleo seguro;
  • las responsabilidades relacionadas al cuidado de familiares;
  • las contribuciones hechas al trabajo profesional, comercial o industrial de el/la otro/a esposo/a;
  • la duración del matrimonio y cuánto tiempo usted y su esposo/a vivieron juntos/as;
  • los recursos y las necesidades financieras de cada esposo/a; y
  • otros factores relevantes a las circunstancias del caso.

Si hay un cambio sustancial en la situación, el ingreso o los recursos de cualquiera de los/as esposos/as, el/la juez/a podría cambiar (modificar) la manutención ordenada. La manutención también puede ser terminada (revocada/suspendida) si se vuelve innecesaria o si la persona que la recibe se vuelve a casar o vive con una nueva pareja.2

1 31 L.P.R.A. § 6801
2 31 L.P.R.A. § 6813

¿Cuáles son los pasos básicos para obtener un divorcio?

Las leyes de divorcio son diferentes por estado, sin embargo, le proporcionamos los pasos básicos para obtener un divorcio:1

  • Primero, es necesario que cumpla con los requisitos de residencia del estado.
  • Segundo, tiene que tener “bases” o “causales” (una razón legalmente válida) para ponerle fin a su matrimonio.
  • Tercero, debe llenar la petición de divorcio y enviarle copias de los papeles a su esposo/a. Para las reglas exactas de notificación, contacte a una corte local o a un/a abogado/a.
  • Cuarto, si su esposo/a no está de acuerdo con lo mencionado en los papeles de divorcio, éste/a tendrá la oportunidad de contestar la petición y tener así la oportunidad de presentar los papeles desde su punto de vista. En su contestación, la otra parte puede exponer su posición oponiéndose al divorcio, solicitando que el divorcio se otorgue por otras razones o dejándole saber a el/la juez/a que está de acuerdo con el divorcio. Si él/ella no está de acuerdo con el divorcio o quiere que se otorgue por otras razones, entonces usted tendrá que presentarse en la corte una serie de veces para resolver las objeciones. Si después de un tiempo su esposo/a no ha firmado ningún papel o solicitado nada con respecto al divorcio, puede que usted pueda proseguir con el proceso de divorcio solo/a. (Hable con un/a abogado/a sobre cuánto tiempo tiene que esperar para ver si su esposo/a firmó antes de proceder con su divorcio).
  • Quinto, de existir alguna propiedad que debe ser dividida o si llegase a necesitar apoyo económico de su esposo/a, tendrá entonces que arreglar estos detalles durante el divorcio o puede perder su oportunidad de trabajar con ellos. Estos asuntos pueden trabajarse ya sea mediante un acuerdo fuera de la corte o bien con una serie de audiencias en la corte. La custodia y la pensión alimentaria o manutención de los/as menores puede ser determinada como parte de su divorcio.

1 Nota: Bajo ciertas circunstancias, una persona puede divorciarse en Puerto Rico mediante un/a notario/a público. Por favor vea la pregunta ¿Cuáles son las causales (razones) de divorcio en Puerto Rico? para más información.

¿Dónde puedo encontrar información adicional sobre divorcio?

Debido a que el proceso de divorcio está basado en una ley recientemente aprobada, el sitio web del Poder Judicial de Puerto Rico no ha sido actualizado. Sin embargo, todavía puede encontrar información útil incluyendo los formularios que deben llenarse.

¿Dónde puedo encontrar más información sobre el divorcio en WomensLaw.org?

En nuestra página general de Divorcio, encontrará más información sobre este proceso, incluyendo los riesgos de llevarse a los/as menores fuera del estado mientras el divorcio está en proceso. Para ver vídeos cortos en español sobre el Divorcio, puede ir a nuestra página de vídeos. Finalmente, para aprender más sobre el proceso en la corte, puede ir a nuestra página de Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.