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Sobre el Maltrato

Información para Adolescentes y Jóvenes Adultos

Actualizada: 
3 de septiembre de 2019

¿Soy elegible para una orden de restricción aunque soy menor de 18?

En algunos estados, usted puede pedir una orden de restricción por su cuenta, sin involucrar a un/a adulto/a, aunque usted sea menor de 18. La mayoría de los estados que le permiten a los/as menores solicitar órdenes de restricción por su cuenta, requieren que usted tenga por lo menos 16 años. Algunos, sin embargo, le permiten a menores de cualquier edad, o a veces menores de 12 años o más, ir a corte sin un/a adulto/a. En otros estados, un/a adulto/a (muchas veces un/a padre/madre, tutor/a, o profesional de violencia doméstica) tiene que solicitarla por usted.

El que usted pueda obtener una orden de restricción si usted es un/a menor lo determina la ley del estado, y puede depender de distintos factores, incluyendo:

  • si un/a adulto/a, como un/a padre/madre, tutor/a, o profesional de violencia doméstica la solicita por usted;
  • si usted está casado/a o tiene hijos/as con el/la agresor/a;
  • si el/la agresor/a es un/a menor, si su estado permite emitir órdenes en contra de menores; y
  • otros factores establecidos por la ley.

Para conocer lo que su estado requiere, lea la pregunta llamada ¿Puede un menor obtener una orden? en la sección de órdenes de restricción contra violencia doméstica en su estado. También puede contactar un/a intercesor/a local de violencia doméstica de nuestra página de Intercesoras y Albergues para conseguir ayuda para entender los requisitos de su estado para menores.

Aunque su estado requiera que un/a adulto/a le ayude a solicitar una orden, usted podría solicitar sin un/a padre/madre o tutor/a si logra convencer a el/la juez/a de que haga la excepción. En algunos estados, la ley permite lo que se le llama un/a “amigo/a próximo/a” que podría ser un/a adulto/a de confianza que no sea un/a padre/madre o tutor/a para que solicite por usted. En otros estados, el/la juez/a puede escoger o aprobar un/a “tutor/a ad litem”, que es alguien que representa sus intereses durante el litigio (proceso judicial). Puede ser un/a abogado/a o alguien que no es abogado/a, o incluso alguien que usted escoja, dependiendo del estado. Algunos estados le permiten específicamente a los/as intercesores/as de violencia doméstica a solicitar por usted. Puede encontrar intercesores/as de violencia doméstica en su estado en nuestra página de Intercesoras y Albergues.