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Información Legal: Minnesota

Órdenes de Restricción

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Laws current as of
18 de diciembre de 2023

¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de protección?

Usted puede recibir las siguientes protecciones en una orden de protección ex parte:

  • que el/la agresor/a no le maltrate a usted o a sus hijos/as menores de edad;
  • que el/la agresor/a sea sacado/a de la casa que comparten y se mantenga alejado/a de un área razonable alrededor de la casa que comparten o de su casa;
  • que el/la agresor/a se mantenga alejado/a de su lugar de trabajo;
  • que el/la agresor/a no le contacte, ya sea en persona, por teléfono, correo, correo electrónico o usando otros aparatos electrónicos o a través de otra persona (un “tercero”);
  • que cualquier cobertura de seguro que usted tenga se mantenga sin cambios – por ejemplo, si usted recibe su seguro médico a través del trabajo de el/la agresor/a, el/ella no podrá sacarle del plan de seguro;
  • dándole a cualquiera de ustedes posesión o control de una mascota o animal de compañía que usted, el/la agresor/a, o un/a hijo/a de usted o de el/la agresor/a, tenga, posea o mantenga y ordenándole a el/la agresor/a que no maltrate físicamente al animal.1

Si usted consigue una orden de protección que sea dada después que el/la demandado/a (agresor/a) sea notificado/a y tiene la oportunidad de presentarse a una audiencia en la corte, usted puede recibir las siguientes protecciones como parte de una orden de protección completa:

  • todas las protecciones ex parte antes mencionadas; y
  • las siguientes protecciones adicionales:
    • la custodia temporal de sus hijos/as y/o establecer un tiempo de crianza temporal considerando principalmente la seguridad suya y de sus hijos/as; Nota: El/la juez/a puede ponerle restricciones al tiempo de crianza en cuanto a la hora, lugar, duración, o supervisión o negar el tiempo de crianza por completo de ser necesario para proteger la seguridad suya y la de sus hijos/as;
    • manutención de menores y/o manutención conyugal temporal;
    • consejería u otros servicios sociales para usted y el/la demandado/a si están casados/as o si tienen hijos/as menores en común;
    • una orden para que el/la agresor/a participe de servicios de tratamiento o consejería;
    • uso y posesión temporal de la propiedad que usted comparta con el/la agresor/a, como un carro;
    • una orden para que ninguna de las partes venda, dañe o se deshaga de propiedad, o la use como base para un préstamo;
    • restitución pagada por el/la agresor/a para compensarle por ejemplo, por sus facturas médicas y/o sueldo perdido como resultado del maltrato;
    • una orden para que el/la agresor/a no posea armas de fuego durante el tiempo que la orden esté vigente; Nota: Se supone que el/la juez/a incluya esta prohibición de posesión de armas de fuego en todas las situaciones en las que la orden:
      • instruye a el/la agresor/a a parar de acosarle, acecharle, o amenazarle, o de comportarse de una manera que le cause a usted miedo razonable de sufrir daño corporal; e
      • incluye una determinación (“hallazgo”) de que el/la agresor/a representa una amenaza creíble para su seguridad física o le prohíba a el/la agresor/a usar, intentar usar, o amenazarle con usar la fuerza física en su contra; y
    • una orden para cualquier otro remedio que sea necesario para protegerle a usted y a sus hijos/as, incluyendo ordenar que el/la alguacil (“sheriff”) u otro/a oficial de la policía actúe de cierta manera – por ejemplo, para acompañarle a la casa a buscar sus pertenencias.2

El que un/a juez/a ordene o no cualquiera de, o todas las antes mencionadas, dependerá de los hechos de su caso. Para leer sobre lo que pasará con las armas de fuego si a el/la agresor/a se le prohíbe tenerlas, vaya a ¿Qué pasará con las armas de fuego del agresor si el juez incluye una restricción de armas de fuego en mi orden de protección?

1 Minn. Stat. § 518B.01(7)(a)
2 Minn. Stat. § 518B.01(6)(a), (6)(g)