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Información Legal: Nueva York

Custodia

Actualizada: 
7 de julio de 2023

¿Cuáles son los pasos a seguir para solicitar la custodia?

El tipo de petición que usted presente y el tribunal en el cual lo haga puede depender de los aspectos de su situación. Para averiguar cómo será el proceso en su caso, consulte con un abogado en su localidad. Si no le es económicamente posible, es posible que pueda obtener ayuda de alguna agencia de asistencia legal en nuestra página NY Encontrando a un Abogado.

Generalmente en NY, si los padres están casados, y quieren divorciarse, usualmente uno o ambos padres solicitan la custodia como parte de la demanda de divorcio. Las demandas de divorcio deben ser solicitadas en la corte suprema de NY y si usted no puede pagar un abogado, la corte le proveerá de un abogado para lidiar con la custodia y la visitación dentro del caso de divorcio. (La corte también puede asignarle un abogado para solicitar una orden de protección si usted lo hace durante su divorcio).1

Si los padres ya están divorciados, el padre que no posee la custodia puede presentar una petición para modificar la orden de custodia si se ha presentado algún cambio sustancial de circunstancias desde la emisión de la orden. Dependiendo de cómo es la orden de divorcio, puede que usted tenga que regresar a la corte suprema de NY o puede que pueda cambiar la orden de custodia en la corte de familia.

Si los padres no estuvieron nunca casados o no están casados pero no están por divorciarse, cualquiera de los dos puede solicitar la custodia en la corte de familia. Si no cuenta con los medios para pagar un abogado, la corte deberá designarle uno.2 Para obtener más información general acerca de los tribunales del estado de Nueva York, por favor visite la Guía Introductoria del Sistema Unificado de los Tribunales del estado de Nueva York (NYS Unified Court System Introductory Guide.) Nota: El estado de Nueva York tiene un Programa de Confidencialidad de Domicilio (“Address Confidentiality Program” o “ACP”), que ayuda a una víctima que se registre en el programa para mantener su dirección confidencial al presentar peticiones judiciales. Se envía todo el correo al ACP y el ACP se lo envía a su dirección actual.

1 Vea NY Judiciary Law § 35(8)
2 Vea NY Fam Ct Act § 262(a)(iii) & (v)