Tengo una orden de protección en contra del agresor. ¿Puede él/ella conservar el arma de fuego o comprar una nueva?
Las leyes del estado de Washington establecen que si un/a agresor/a tiene una orden de protección en su contra (incluyendo órdenes de protección contra la violencia doméstica (DVOP), órdenes de protección contra la agresión sexual, órdenes de protección contra el acecho, u órdenes civiles contra el acoso) emitida bajo ciertas condiciones, es ilegal para él/ella tener o comprar una nueva arma de fuego. Para más información, vea Soy víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal?
Las leyes federales, que aplican en todos los estados, también restringen el derecho de el/la agresor/a de tener un arma de fuego si usted tiene una orden de protección en su contra que cumpla con ciertos requerimientos, aun si el/la juez/a no le haya prohibido a el/la agresor/a en la orden de protección tener un arma de fuego. Vaya a Leyes Federales sobre Armas de Fuego para obtener más información.
Si usted teme por su seguridad, hable con su organización local de violencia doméstica. Vaya a WA Intercesoras y Albergues para conseguir un programa en su área.