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Leyes actualizadas al 18 de septiembre de 2019

¿Qué pasos debo tomar para recibir los beneficios federales a los que tengo derecho?

Si usted es una víctima adulta de la trata de personas (18 años o más), puede que el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (“Department of Health and Human Services” o “HHS”) le “certifique” para que tenga derecho a ciertos beneficios financiados con fondos federales.

Hay una “certificación” disponible para las víctimas de la trata de personas (según definido en la Ley de Protección de Víctimas de Tráfico (“Trafficking Victims Protection Act”) que estén dispuestas a ayudar a las autoridades a procesar crímenes de tráfico y que:

  1. hayan llenado una solicitud para una visa T de buena fe; o
  2. hayan recibido el estatus de presencia continua del Departamento de Seguridad Nacional.2 Vea ¿Qué significa tener “presencia continua”? ¿Es lo mismo que tener estatus de visa T?

Las víctimas que sean niños/as tienen el derecho, automáticamente, de recibir los beneficios una vez el HHS obtenga las pruebas que demuestren que el niño/a es una víctima de la trata de personas (no tienen que probar ninguno de los dos requisitos mencionados anteriormente). El HHS ofrecerá al niño/a o a su representante una “carta de elegibilidad” que puede utilizarse para demostrar a los/as proveedores/as de servicios sociales que el/la niño/a tiene derecho a recibir los beneficios.3

Si el HHS aún no le ha certificado (pero usted ha denunciado el crimen de tráfico), aún puede tener derecho a ciertos servicios y beneficios financiados a nivel federal que incluyen terapia para crisis y vivienda a corto plazo o ayuda para la vivienda. Para localizar proveedores/as de servicios para víctimas que no han sido certificadas, llame al teléfono de la Línea de Emergencia del Centro Nacional de Recursos para la Trata de Personas al 1-888-373-7888 o puede enviar un mensaje de texto a 233733, lo que corresponde con las letras BeFree en su teléfono.

1 22 U.S.C. § 7105(b)(1)
2 Departamento de Salud y Servicios Humanos, Oficina del Tráfico de Personas, Cartas de Certificación
3 22 U.S.C. § 7105(b)(1)(C)(ii)(l); Departamento de Salud y Servicios Humanos, Administración de Niños y Familias, Hoja Informativa de Asistencia a Víctimas